La Corte Constitucional le ordenó al Ministerio de Educación y a las entidades correspondientes de las instituciones educativas en el país que desarrollen un plan que contenga el respeto para quienes desean utilizar el uniforme de acuerdo a su identidad sexual y de género.
En el caso particular se advierte de un estudiante transexual, quien pese a que nació con el sexo femenino, ha tenido identidad masculina y por ello exigió portar un uniforme de acuerdo a su identidad, es decir, la de un hombre.
El alto tribunal protegió los derechos fundamentales invocados en esta tutela al libre desarrollo de la personalidad de este estudiante que estaba cursando sus estudios en el SENA en la regional del Atlántico.
“Diseñe un plan que adapte el servicio de educación que provee, al respeto y la promoción que merecen las manifestaciones del libre desarrollo de la personalidad, particularmente las expresiones de la identidad de género y la orientación sexual”, señala la sentencia.
En este sentido la Corte Constitucional advirtió que en el caso particular la directora del Sena en esa región del país, además del plan a desarrollar en un término máximo de 6 meses, deberá abstenerse de interferir en el desarrollo y la expresión legítima de la identidad de género de los estudiantes.
Entre tanto el Ministerio de Educación Nacional deberá acatar la orden de la Corte Constitucional para que “difunda por el medio más expedito posible esta sentencia a todas las universidades, instituciones y establecimientos educativos del país”.
Frente a los lineamientos que tienen las instituciones educativas del país cuando existe este tipo de casos, el alto tribunal consideró que ‘las órdenes descritas no transgreden la autonomía universitaria, en la medida en que ésta encuentra límites concretos en la Constitución, y en el respeto a los derechos fundamentales de la comunidad universitaria y, en especial, de los estudiantes’.
“Asimismo, los términos de los mandatos proferidos en esta sentencia no interfieren en la organización y gobernanza del establecimiento educativo, pues garantizan un alto margen de desarrollo y ejecución de la decisión”, advirtió la Corte Constitucional.