miércoles, 6 de septiembre de 2017

Primera condena en Colombia por maltrato animal a hombre que comía gatos

 
Por hurtar, matar y comer gatos, un hombre fue sentenciado a seis meses de prisión en Colombia, en la primera condena por maltrato animal en el país, informó este martes la Fiscalía. 

A finales de septiembre del año pasado en 4 Patas dimos a conocer el espeluznante caso del hombre que comía gatos en Antioquia, una denuncia que se logró gracias a la cooperación de la comunidad. Sin embargo, no se tenía claridad qué iba a pasar con el autor de estos crímenes. 

Cuando se realizó el operativo, las autoridades se asombraron por el fuerte olor, los cráneos y la colección de pieles de felinos domésticos que anteriormente habían sido hurtados a vecinos del municipio de Amagá, el departamento de Antioquia (noroeste). 

David Andrés Flórez, de 31 años, fue condenado por un juzgado del municipio de Amagá, "por los delitos de maltrato animal agravado, con sevicia, y hurto calificado y agravado", indicó la Fiscalía General de la Nación en un comunicado.

Según el ente acusador, el hombre robaba gatos en este municipio, entre ellos el del párroco del pueblo, para luego sacrificarlos y consumirlos en su casa.

Flórez fue capturado en septiembre pasado por la Policía en su lugar de residencia, donde las autoridades hallaron "un cráneo y cinco pieles de los felinos hurtados".

"Al momento de su aprehensión el investigado reconoció que comía carne de gato", agregó.


*Foto: Policía Nacional

Aunque fue condenado a una pena privativa de libertad, el juzgado le reconoció "estado de marginalidad", por lo que le concedió el beneficio de libertad condicional.

En Colombia, el maltrato animal está sancionado con hasta tres años de cárcel y multas que pueden superar los 12.000 dólares.

El presidente Juan Manuel Santos sancionó en enero de 2016 la ley 1774 que reconoce a los animales como "seres sintientes" y que impone sanciones económicas y penales a quienes incurran en actos dañinos y de crueldad contra ellos.

Adicionalmente, vale la pena recordar que esta ley introdujo los principios mínimos para el bienestar de los animales, que determinan los cuidados básicos que debe tener el responsable de las mascotas, asegurándoles como mínimo que:
No sufran de hambre ni de sed.
No padezcan injustificadamente malestar físico o dolor.
No les sean provocadas enfermedades por negligencia o descuido.
No sean sometidos a condiciones de miedo ni estrés.
Puedan manifestar su comportamiento natural.